EL SUPREMO ANULA LAS HIPOTECAS MULTIDIVISAS

 In Hipotecas

Las hipotecas multidivisas son derogadas parcialmente por el Supremo

El Tribunal manifiesta que hay un trascendental desequilibrio con los clientes por su transparencia insuficiente.

Se ha fijado la anulación parcial de las hipotecas multidivisas por parte del Tribunal Supremo por su transparencia insuficiente de cara a los clientes, ajustándose de esta manera a los principios marcados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el pasado 20 de septiembre. Esta medida, impone a modificar las cláusulas para que se tenga que pagar en Euros.

Con la intención de beneficiarse de la diferencia del tipo de cambio con la divisa elegida, básicamente se tramitan en Francos suizos y Yenes japoneses, con respecto del Euro. No obstante, si la moneda única se desvaloriza, se elevarían las cuotas como les ocurrió a muchos de los hipotecados.

En los más de 70.000 casos con hipoteca multidivisa que se han firmado en España, conforme a los datos ofrecidos por la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN), los españoles con préstamos de esta particularidad han perdido unos 200.000 Euros de media.


El contrato esta definido por estas formalidades

El Supremo recusa que estas formalidades sean objeto de acuerdo individual, quedando separadas por ello del medio de diligencia de la directiva europea sobre cláusulas abusivas. Por el contrario, se les exige una especial obligación de transparencia, ya que son condiciones que determinan el objeto principal del acuerdo.

Se ha producido un grave desequilibrio en los clientes causado por la falta de transparencia por parte de las entidades bancarias, opuestamente a las obligaciones de la buena fe, ya que el cliente al desconocer los importantes riesgos que conllevaba la firma de estos préstamos, no podían contrastar la propuesta de la hipoteca multidivisa con las de otros préstamos, empeorando así su circunstancia jurídica y económica.


Falta de información de consecuencias

La parte prestadora, tiene la obligación de simplificar a los clientes la información necesaria para que entiendan el contenido y la relevancia concreta, añade el Tribunal.

Teniendo en cuenta lo argumentado, se determina la derogación parcial del préstamo y la supresión de las alusiones a la denominación en divisas, estimando el Tribunal que las condiciones discutidas no aprueban el control de transparencia, por lo tanto, se entienden las hipotecas como préstamos aceptados y amortizados en Euros.


Anulación parcial, ¿por qué?

Los prestatarios estarían obligados a devolver todo el capital que tuvieran pendiente por la cancelación del acuerdo si la nulidad fuera total y no parcial. Supondría por lo tanto un grave inconveniente para el cliente, ya que se vería forzado a pagar de una sola vez la totalidad del préstamo.


Los afectados superan los 70.000

Las entidades bancarias llegaron a reunir 13.160 millones de Euros en hipotecas multidivisas, siendo un 46% de las concedidas en Yenes y un 52% en Francos, monedas que se revalorizaron en los años de crisis.

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