MODIFICAR LAS CONDICIONES DE UNA HIPOTECA FIRMADA
Modificar las condiciones de una hipoteca firmada
Se pueden modificar las condiciones que se firmaron de una hipoteca. Cada caso es particular y la entidad bancaria a la que pertenece la hipoteca, tras un estudio previo, debe dar su aprobación.
Modificar las condiciones iniciales con las que se llevó a cabo la firma de un préstamo hipotecario para la adquisición de una vivienda se puede hacer a través de la novación o de la subrogación. Ambas operaciones son similares si bien tienen algunas diferencias y es necesario conocerlas muy bien antes de decidir escoger una de las dos opciones.
Se pueden modificar las condiciones de una hipoteca, pero, ¿qué interesa hacer una novación o una subrogación?
La novación puede interesar desde una perspectiva económica puesto que permite renegociar las condiciones que puedan resultar más favorables al cliente y por lo tanto mejores. A saber:
– Se puede pedir una ampliación del capital prestado por el banco de manera y forma que se pueda contar con una nueva aportación económica.
– Se permite efectuar un cambio del interés pactado, pasando del fijo al variable o viceversa.
– Se puede así mismo, modificar los plazos de amortización en los que se va devolviendo el dinero que se pactaron en un principio.
– Igualmente se permite variar el titular o titulares del préstamo hipotecario. Esta variación resulta muy útil en el caso de divorcio cuando uno de los conyugues pasa a ser único propietario, haciéndose cargo de la hipoteca pendiente.
La subrogación por su parte, permite el traslado de una hipoteca a otro banco que propone al cliente unas condiciones más favorables a sus intereses. En este caso se trata de una subrogación del acreedor. También se puede hablar de una subrogación del deudor cuando al llevarse a cabo la venta de una casa hipotecada se cambia el nombre a quien va nominado el préstamo hipotecario por el de un nuevo titular que se hace cargo de la anterior hipoteca constituida en la misma entidad bancaria.
– Se puede pedir una ampliación del capital prestado por el banco de manera y forma que se pueda contar con una nueva aportación económica.
– Se permite efectuar un cambio del interés pactado, pasando del fijo al variable o viceversa.
– Se puede así mismo, modificar los plazos de amortización en los que se va devolviendo el dinero que se pactaron en un principio.
– Igualmente se permite variar el titular o titulares del préstamo hipotecario. Esta variación resulta muy útil en el caso de divorcio cuando uno de los conyugues pasa a ser único propietario, haciéndose cargo de la hipoteca pendiente.